Textos    |    Libros Gratis    |    Recetas

 

.
HISTORIA ANTIGUA - Roma y la instauración de la República
LA IGUALDAD CIVIL, POLITICA Y RELIGIOSA
Sin embargo, la protección de los tribunos sólo alcanzaba a remediar un aspecto de la situación
de la plebe, acaso el más triste, pero no el más importante, porque sus miembros seguían
excluidos de la comunidad. Seguros ahora en cuanto a su integridad física, los plebeyos
aspiraron a adquirir derechos análogos a los de los patricios, especialmente en cuanto se
refería al régimen penal. Exigieron entonces que se redactara y se hiciera pública una ley en la
que se establecieran las principales disposiciones civiles y penales a que debían atenerse, con el
objeto de evitar la arbitrariedad de los jueces, para lo cual se designó una comisión de diez
personas —los decenviros— cuya misión debía ser fijar por escrito aquellas disposiciones. Tras
muchas alternativas, quedó sancionada finalmente la llamada Ley de las Doce Tablas, cuyas
disposiciones eran comunes para todos los individuos que componían las dos clases,
creyéndose que con esto se pondría fin a la divergencia.
Pero las demandas de la plebe no pararon aquí, porque la ley sancionada confirmaba,
precisamente, lo que más repugnaba a los plebeyos: la separación entre ellos y los patricios.
Comenzaron entonces a exigir que se autorizaran los matrimonios mixtos y, finalmente, lo
consiguieron en 445; la consecuencia fue que los plebeyos ricos comenzaran a unirse en
matrimonio con jóvenes patricias, con lo que comenzó una fusión estrecha entre las dos clases
destinada a suprimir con el tiempo el abismo que las separaba.
A medida que se iba realizando esta aproximación entre los plebeyos ricos y los patricios, las
ambiciones de los primeros fueron aumentando. Pronto quisieron tener acceso a la
magistratura, y lucharon por conseguirlo. En el siglo IV y después de largos conflictos,
lograron que, por la ley Licinia, se reconociera que uno de los dos cónsules debía ser de origen
plebeyo; pero los patricios quisieron contener el ascenso de la plebe limitando las funciones de
los cónsules y crearon otras magistraturas, entre las que repartieron sus atribuciones
primitivas. Los plebeyos no cejaron, y exigieron que se los designara también para ejercer esos
nuevos cargos de pretores, ediles y censores, lo cual fueron consiguiendo poco a poco. De este
modo, al finalizar el siglo IV los plebeyos podían ocupar todas las funciones públicas y tenían
derecho a formar parte del Senado en su calidad de antiguos funcionarios.
Las magistraturas que defendieron los patricios con más vigor fueron las que se vinculaban
con el ejercicio del culto. Sostenían que sólo ellos participaban de la religión oficial y que, en
consecuencia, no podían los plebeyos ser sacerdotes de un culto al que no pertenecían. Pero los
plebeyos tampoco se detuvieron ante esta barrera y exigieron que se les reconociera el derecho
de participar en el culto oficial y de ocupar los distintos sacerdocios, lo cual consiguieron
mediante una ley sancionada al finalizar el siglo IV. De ese modo, nada quedó en el estado
romano que fuera monopolio del antiguo patriciado.
FORO ROMANO (RECONSTRUCCION). Era la plaza pública destinada a las reuniones y
centro de vida de las ciudades. En Roma se hallaba en el valle entre el Palatino, el Capitolio y
el Quirinal, y su forma era bastante irregular. Estaba adornada con estatuas y columnas.