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DERECHO PUBLICO - Sistema Federal de Gobierno
LA SOBERANIA
La soberanía no se confunde con la autonomía. La soberanía es el derecho del Estado de
determinarse por sí mismo en su vida interna y en la comunidad internacional, sin sujeción a
ningún otro poder; es el derecho de no reconocer autoridad superior a la propia. Se clasifica
en soberanía interior y exterior, pero tradicionalmente es absoluta, indivisible, inalienable e
imprescriptible: la soberanía interior y la exterior no son más que dos aspectos de un mismo
derecho. En el interior se confunde con el imperium de los romanos, con la "señoría feudal", y
con el "poder" de nuestro tiempo, que no son absolutos ni indivisibles. El concepto clásico de
la soberanía va perdiendo terreno, sobre todo en las relaciones internacionales, en que se
admite que el Estado puede restringir sus derechos soberanos por autolimitación contractual.
Un ejemplo de autodimición por tratado es el Pacto de la Sociedad de las Naciones de 1919 o
la Carta de las Naciones Unidas de 1945. En el interior, la soberanía ha perdido igualmente
algunos de sus atributos esenciales, gracias a la forma federal de gobierno, que distribuye las
funciones del Estado entre las entidades provinciales o estatales, cada una de las cuales se
halla revestida de autonomía dentro de su respectiva esfera de actividad. Algunos autores
afirman que si el Estado debe ser soberano en sus relaciones exteriores, no necesita serlo en el
derecho interno. Recuerdan que el "poder público" es tan antiguo como la autoridad, pero que
el concepto de la "soberanía" es de origen moderno. Roma fue un Estado soberano, pero no
reconoció soberanía a los demás pueblos de la antigüedad. La soberanía absoluta tampoco
existió en la Edad Media con su régimen feudal basado en vasallajes recíprocos; únicamente el
Emperador y el Papa no reconocían autoridad superior a la propia. El Renacimiento hizo
revivir el concepto romano y, valiéndose del derecho divino, reafirmó la omnipotencia del
Estado como único medio de vencer el regionalismo de los señores feudales y prevenir las
intervenciones extranjeras.