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DERECHO PUBLICO - Congresos Internacionales
SISTEMA DE MANDATOS
Ha quedado también reformado el sistema de los Mandatos, instituidos al finalizar la primera
guerra europea. Estos territorios y los que después de la segunda guerra mundial sean
todavía incapaces de gobernarse por sí mismos, fueron colocados bajo la vigilancia de una
Organización Internacional de Tutela o Fideicomiso, con el encargo de fomentar el progreso
político, económico, social y "educacional" de sus poblaciones y su desenvolvimiento
progresivo hasta que puedan alcanzar la condición de naciones libres e independientes. Este
sistema comprende los territorios que actualmente se hallan bajo Mandatos, los territorios que
han de quedar segregados de Estados vencidos, y los territorios que se coloquen
voluntariamente bajo tutela. En todos ellos se designarán "zonas estratégicas" colocadas bajo
la vigilancia del Consejo de Seguridad, quien actuará por sí mismo o mediante un Consejo de
Tutela formado por los Estados encargados de
fideicomisos, por los Estados que tienen
asientos permanentes en el Consejo de Seguridad, y por un número prudencial de otros
Estados al efecto designados, por el término de tres años, por la Asamblea General.
La Secretaría de la UN se ejerce por el Secretario General secundado por un personal
adecuado. El Secretario General se elige por la Asamblea General con recomendación del
Consejo de Seguridad. Es el principal funcionario administrativo de la UN y, en tal carácter,
participa en las reuniones de la Asamblea General, del Consejo de Seguridad, del Consejo
Económico y Social y del Consejo de Tutela. Informa anualmente a la Asamblea General sobre
la marcha de la Organización de las Naciones Unidas y tiene el derecho de llamar la atención
del Consejo de Seguridad sobre cualquier asunto que, en su opinión, sea susceptible de
amenazar la paz y la seguridad internacionales. Es un funcionario internacional y, por tanto,
no puede recibir instrucciones de ninguno de los Miembros de la UN en particular. Tanto la
UN cual entidad, como cada uno de sus Miembros gozan de privilegios e inmunidades para
el libre desempeño de sus funciones. El 13 de febrero de 1946 se firmó en la Asamblea General
una Convención sobre estos privilegios e inmunidades. La Carta de las Naciones Unidas
puede ser reformada por el voto de dos tercios de sus Miembros, y las enmiendas entran en
vigor cuando han sido ratificadas por el voto de dos tercios de los Estados que la forman.
Las Naciones Unidas han intervenido con éxito en algunos incidentes internacionales y en la
guerra entre judíos y árabes. Han creado en el territorio de Palestina un Estado israelita y un
Estado árabe. Sin embargo, su acción se ve trabada por el ejercicio desmesurado del derecho
de "veto" de que gozan los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Según un Libro
Blanco publicado por Gran Bretaña, en mayo de 1949, la Unión Soviética ha utilizado
equivocadamente su derecho de "veto", lo cual unido a su política de intransigencia, dificulta
la labor de las Naciones Unidas como instrumento de pacificación mundial. Para obviar estas
dificultades, se ha celebrado el "Pacto del Atlántico Norte", considerado por las potencias
occidentales como una alianza meramente defensiva destinada a complementar y fortalecer a
las Naciones Unidas. La Unión Soviética, por el contrario, calificó este acuerdo como una
alianza ofensiva. Como uniera que sea, es evidentemente una valla contra la agresión.