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DERECHO PRIVADO – La familia
LA ADOPCION
REQUISITOS Y DERECHOS. Estas ligaduras exigen poco más o menos en todas partes, las
siguientes condiciones:
Que el adoptante tenga cuarenta y cinco años cumplidos.
Que tenga quince años más que el adoptado.
Que no tenga hijos ni descendientes.
Que, si es casado, consienta en la adopción expresamente su cónyuge.
Que tenga bienes propios o gane con su trabajo lo suficiente para que sea evidente la
posibilidad de sostener a la persona adoptada.
El adoptado conserva los derechos que le corresponden en su familia natural menos los
relativos a la patria potestad, que ejercerá el adoptante.
El adoptado puede usar el apellido del adoptante, juntamente con el suyo, si así lo establece
la escritura de adopción y si él quiere hacerlo.
El adoptado adquiere, con relación personal al adoptante, todos los derechos de un hijo
legítimo, incluso los sucesorios.