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DERECHO PRIVADO – Los contratos
LA FIANZA
Mediante este contrato, una persona se compromete a cumplir las obligaciones válidas de
otra, si ésta no lo hiciere, o a indemnizar su incumplimiento.
Por regla general, el acreedor no podrá dirigirse contra el fiador sin haber agotado antes
todos los bienes del deudor principal, pero en el contrato puede el fiador renunciar a tal
beneficio, en cuyo caso el acreedor puede accionar directamente contra éste. A su vez el
fiador que pague por el deudor puede repetir la acción contra dicho deudor por todo lo que
haya abonado más los intereses legales.