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DERECHO PRIVADO – Los bienes, la propiedad y sus modificaciones
EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
En todas partes existe una oficina llamada Registro de la Propiedad inmueble, donde consta
la historia y circunstancias de cada finca. Allí figura la descripción y dimensiones del
inmueble; sus títulos de propiedad; sus menoscabos y detracciones (usufructos y
servidumbres); sus cargas (hipotecas, usos, habitaciones, reservas de dominio) y todo, en fin,
cuanto al inmueble afecta. Es decir, que el Registro de la Propiedad contiene toda la historia
del inmueble. Y como la oficina es pública, resulta que toda la historia de la finca se
encuentra allí exactamente reflejada y el que acude a tal departamento, sabe cuanto necesita
saber del inmueble y puede contratar sobre él con absoluta tranquilidad. No hay, pues, para
la contratación sobre inmuebles, nada que resulte secreto y sea reservado. Todo lo referente a
la contratación sobre inmuebles pertenece al derecho público.
Por virtud de tan claro sistema, lo que consta en el Registro de la Propiedad es obligatorio
para todo el mundo y lo que no consta en él sólo compromete a las partes interesadas que lo
suscribieron.